NORMATIVA: DECRETO DE INCLUSIÓN (1ª PARTE)
Decreto de Inclusión: Resumen e implicaciones.
En esta entrada publico una breve presentación sobre el nuevo Decreto 85/2018, de 20
de noviembre por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la
Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.
Como dice en la introducción: “pretende introducir aspectos enriquecedores en relación a la concepción y práctica de la inclusión educativa”, contemplando entre otros aspectos:
- La regulación de los procesos de identificación de barreras para el aprendizaje a través de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.
- Un
catálogo de medidas de inclusión educativa que permita a los centros
dar respuesta a todo el alumnado.
- Creación
de programas específicos que posibiliten futuras vías de empleabilidad
para la capacitación personal y prevención del abandono escolar.
- Regulación
de aspectos relativos a la escolarización del alumnado en riesgo de
exclusión socio-educativa.
- Definición
de diferentes profesionales que dan una respuesta educativa a la
diversidad del alumnado.
Básicamente se
persigue que la comunidad educativa (profesorado, familias, asociaciones,
entidades e instituciones) realice un esfuerzo común para mejorar el desarrollo de las potencialidades del
alumnado, en lugar de centrarnos únicamente en las “necesidades educativas”,
como hasta ahora.
Esta normativa conlleva una serie de implicaciones y
novedades que analizaré a lo largo de la siguiente entrada.
En primer lugar define inclusión educativa (art. 2) como el “conjunto de actuaciones y medidas educativas dirigidas a identificar y
superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado
y favorecer el progreso educativo de todos y todas, teniendo en cuenta las
diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e
intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y
lingüísticas, sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el
alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y
capacidades personales”.
Por tanto, hablamos de un conjunto de medidas que nos
permiten IDENTIFICAR BARRERAS con vistas a SUPERARLAS, teniendo en cuenta las
diferencias existentes entre el alumnado, para lograr su MÁXIMO DESARROLLO
POSIBLE.
Por otro lado, en el Capítulo II ya no hablamos de
tres niveles de medidas de inclusión, como hasta ahora, sino de 5 niveles,
entendidas como un contínuo, es decir, que debemos agotar un nivel antes de
pasar al siguiente:
- Medidas promovidas por la administración
- Medidas a nivel de centro.
- Medidas a nivel de aula.
- Medidas individualizadas.
- Medidas extraordinarias de inclusión educativa
La finalidad es posibilitar el diseño de actuaciones
de enseñanza-aprendizaje de forma que se favorezca la participación de todo el
alumnado en el desarrollo de las mismas en igualdad de condiciones, y se
potenciarán las medidas de retorno. También se desarrollarán con carácter
general, dentro del grupo de referencia del alumno o alumna, posibilitando su
participación.
Se introducen nuevas medidas en cada uno de los
niveles (algunas aún por desarrollar con nueva normativa). Y señala la
necesidad de que queden debidamente recogidas en los diferentes documentos
(Proyecto Educativo, Programaciones Didácticas, Propuesta Curricular y Plan de
Trabajo) en cada uno de los casos.
En el Capítulo III se hace referencia a la
importancia de poner en marcha las medidas adecuadas desde el momento en que se
produce la detección de dificultades, independientemente de la edad del
alumnado y, por tanto, de la etapa educativa. En este capítulo señala la
finalidad de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.
En el Capítulo IV se aborda la respuesta
educativa, recogida en los documentos y que, con criterio general debe llevarse
a cabo DENTRO de su grupo de referencia (art. 23). La familia debe
quedar informada y participar en este proceso. Y todo ello quedará plasmado en
un Plan de Trabajo (art. 24), que debe contener los siguientes apartados:
1) Aspectos
relevantes del alumnado, potencialidades y barreras para el aprendizaje.
2) Medidas de
inclusión educativa previstas.
3) Los y las
profesionales del centro implicados.
4) Actuaciones a
desarrollar con la familia.
5) Coordinación con
servicios externos al centro.
6) Seguimiento y
valoración de las medidas.
El Plan de Trabajo, un documento en el
que todos participamos.
|
La elaboración de este documento debe ser planificado
por JEFATURA DE ESTUDIOS, y coordinado por el TUTOR/TUTORA, para lo que contará
con el asesoramiento del Equipo o Departamento de Orientación. En el Blog
"Familia y Cole" de Jesús Jarque se recogen una serie de
plantillas muy útiles para las distintas etapas, así como un pequeño resumen
del Decreto.
En el capítulo V se aborda la evaluación,
promoción, titulación y certificación del alumno, siguiendo el camino de los
Reales Decreto y Decretos de Currículo, así como las correspondientes órdenes
de evaluación.
En el Capítulo VI define los recursos
personales para dar respuesta al alumnado, incluyendo al Profesor Técnico de
Servicios a la Comunidad, Educador Social, Auxiliar Técnico Educativo,
Fisioterapeuta, Técnico Intérprete de Lengua de Signos, profesional sanitario y
otros profesionales dentro del Equipo o Departamento de Orientación (arts. 32 y
33).
El Capítulo VII señala la importancia de la
participación de la comunidad y, especialmente de la familia, aspecto quizá
fundamental, y que ya se está poniendo en marcha desde Atención Temprana, donde
la familia es el centro de la intervención.
Finalmente, el Capítulo VIII hace referencia a
la evaluación de la propia inclusión educativa, donde previsiblemente se
publicará normativa al respecto.
En general
conlleva cambios importantes en la práctica del día a día, que podemos resumir
en:
No habla de necesidades educativas ni de etiquetas, sino de BARRERAS
que han de ser superadas y POTENCIALIDADES del alumnado.
Mayor participación e implicación de la familia.
Necesidad de coordinar y recoger por escrito las diversas medidas que se
ponen en marcha, así como informar a la familia y contar con su colaboración.
Documento sacado de Blog del orientador Víctor Martín Laguna y la web Orientación educativa, desarrollo e inclusión
Comentarios
Publicar un comentario